Recopilamos un Listado de Derechos para que los tengas en cuenta cuando requieras consultar un profesional de la salud:

  1. Recibir asistencia médica necesaria sin discriminación, independientemente de su raza, sexo, nacionalidad, creencias u orientación sexual.
  2. Recibir asistencia con un trato atento, digno y respetuoso.
  3. Tener privacidad con su médico u otro profesional de la salud que lo asista.
  4. Recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz, que le permitan conocer los efectos posibles de la asistencia en forma anticipada.
  5. Conocer al equipo que lo asiste (nombre, servicio y cargo).
  6. Que el dolor sea tenido en cuenta y sea tratado oportunamente.
  7. Elegir a su médico tratante.
  8. Recibir atención religiosa si la requiere.
  9. Ser atendido conforme a sus pautas culturales, siempre y cuando no afecten a terceros.
  10. Recibir información sobre su condición, tratamiento y pronóstico, como así también sobre los efectos imprevistos de su asistencia.
  11. Ante retrasos prolongados mayores a lo esperado para la realización de procedimientos diagnósticos y/o terapéuticos, o la atención planificada, será informado sobre motivos y alternativas disponibles, así como la necesidad de inclusión en una lista de espera.
  12. Recibir información sobre los medicamentos que recibe y sus efectos adversos.
  13. Participar en la planificación de su plan de tratamiento.
  14. Rehusar tratamientos conforme a lo permitido en la ley.
  15. Interrumpir su tratamiento.
  16. A dar directivas anticipadas conforme a la ley y las normas institucionales.
  17. A no recibir ningún tratamiento experimental sin su consentimiento.
  18. Contar con la opción de una segunda opinión, sin que esto moleste al grupo tratante.
  19. A acceder a su historia clínica, siguiendo las normativas de la institución.
  20. A la confidencialidad de su historia y su diagnóstico.
  21. Obtener información sobre su asistencia médica de una manera que pueda entenderla.
  22. Conocer en forma anticipada los gastos que generará la atención.
  23. A conocer normas institucionales.

 

Fuente: Derechos del Paciente (Hospital Italiano), entre otras.